derecho a no declarar

Derecho a no declarar

¿En que consiste el derecho a no declarar?

El derecho a no declarar frente al juez o en el juzgado representa un pilar fundamental que garantiza a cada individuo la facultad de abstenerse de proporcionar testimonio en su contra o de confesarse culpable durante cualquier proceso legal. Este derecho, inseparable del derecho a permanecer en silencio, es considerado fundamental y goza de una protección especial mediante el recurso de amparo, destacando su importancia en el marco de las garantías constitucionales.

Amplitud y relevancia

La amplitud y relevancia de este derecho se manifiestan en su capacidad para armonizarse con los deberes legales del ciudadano de colaborar con la Administración en la investigación de hechos desfavorables y susceptibles de sanción, incluso bajo la posibilidad de enfrentar sanciones. Este equilibrio busca preservar la integridad del individuo frente al imperativo legal, asegurando que la colaboración no se traduzca en una autoincriminación involuntaria.

En un contexto más concreto, el ejercicio del derecho a no declarar implica que la acusación debe sustentarse sin recurrir a evidencia obtenida mediante métodos coercitivos u opresivos que puedan vulnerar la voluntad del acusado. Esta salvaguarda está estrechamente interrelacionada con el derecho a permanecer en silencio y con la presunción de inocencia, ofreciendo una protección robusta al acusado contra cualquier participación forzada en pruebas incriminatorias que pudieran socavar su presunción de inocencia.

El objetivo fundamental de este derecho es salvaguardar tres principios jurídicos esenciales. 

En primer lugar, el principio de igualdad de armas, que garantiza que todas las partes en un proceso tengan las mismas oportunidades procesales para presentar sus argumentos y pruebas. 

En segundo lugar, el principio in dubio pro reo, que establece que, en caso de duda, se debe favorecer al imputado o acusado. 

Por último, el principio del respeto a la dignidad humana, un derecho reconocido legalmente a nivel nacional e internacional, que subraya la importancia de tratar a cada individuo involucrado en un proceso legal con respeto y consideración por su integridad y derechos fundamentales.

¿Dónde se regula?

El derecho a no declarar, una salvaguarda esencial en el ámbito legal, se halla reglado en el marco jurídico español. Se encuentra consagrado en el artículo 24.2 de la Constitución Española, un pilar normativo que fundamenta los derechos y libertades fundamentales de los individuos. Asimismo, su alcance y protección se extienden a través del artículo 520.0.b) de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, proporcionando un marco legal claro y específico para su ejercicio en el contexto procesal.

De manera igualmente, este derecho se establece de forma indirecta en el artículo 6.1 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (CEDH). Este tratado internacional contribuye a consolidar y armonizar las garantías fundamentales en el ámbito europeo, otorgando a los individuos un respaldo normativo sólido.

En el escenario internacional, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) desempeña un papel crucial al reconocer y afirmar la importancia de este derecho. De acuerdo con sus pronunciamientos, se establece que el derecho a no declarar no es simplemente una formalidad legal, sino un estándar internacionalmente reconocido y esencial para la realización de un juicio justo, conforme al artículo 6 del CEDH. En este sentido, se enfatiza su papel protector, resguardando al acusado de la coacción indebida por parte de las autoridades y asegurando que el proceso judicial cumpla con los objetivos fundamentales delineados en la normativa internacional.

Esta protección legal tiene como objetivo no solo salvaguardar los derechos individuales, sino también prevenir posibles errores judiciales, fortaleciendo así la integridad y la equidad en el sistema de justicia. La interrelación de estas disposiciones legales nacionales e internacionales refleja un compromiso colectivo con la defensa de los principios fundamentales que sustentan el debido proceso y la justicia.

¿A quién ampara el derecho a no declarar?

La persona que está siendo formalmente acusada o imputada tiene el derecho fundamental de no declarar en su contra o autoincriminarse. Este derecho se basa en la prohibición de autoincriminación, protegiendo al acusado de proporcionar testimonio que pueda perjudicar su posición legal en el proceso. 

Por lo demás, las únicas personas que cuentan con una exención explícita para declarar en un juicio penal son el Rey, la Reina, sus respectivos consortes, el Príncipe Heredero y los Regentes del Reino. 

Asimismo, se encuentran exentos los agentes diplomáticos acreditados en España, junto con el personal administrativo, técnico o de servicio de las misiones diplomáticas y sus familiares, siempre y cuando se cumplan los requisitos estipulados en los tratados correspondientes.

Por otro lado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Personas exentas a declarar

  • Los parientes del procesado en línea directa ascendente y descendente, su cónyuge o pareja de hecho, sus hermanos consanguíneos o uterinos y los colaterales consanguíneos hasta el segundo grado civil. Estos individuos no están obligados a testimoniar en contra del procesado, aunque tienen la opción de expresar las manifestaciones que consideren pertinentes.
  • El abogado del procesado en relación con los hechos que este le haya revelado en su calidad de defensor.
  • Los traductores e intérpretes de las conversaciones y comunicaciones entre el imputado, procesado o acusado y los abogados.

Además, ciertos individuos no pueden ser llamados a declarar como testigos, entre los cuales podemos encontrar:

  • Eclesiásticos y ministros de cultos disidentes: En relación con los hechos que les hayan sido revelados durante el ejercicio de sus funciones ministeriales.
  • Funcionarios públicos: Tanto civiles como militares, cuando no puedan testificar sin violar el secreto que, debido a sus cargos, están obligados a mantener, o cuando no cuenten con la autorización de su superior jerárquico para proporcionar la declaración solicitada.
  • Personas incapacitadas física o moralmente: Estas personas están exentas de la obligación de testimoniar debido a su incapacidad física o moral.

¿La víctima de violencia de género está obligada a declarar contra el acusado?

La persona que ha sufrido violencia de género o doméstica tiene la posibilidad de no declarar en contra del presunto agresor, respaldada por la facultad contemplada en el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Es fundamental subrayar que esta facultad de dispensa para no testificar tiene ciertos límites y se aplica específicamente a las siguientes personas:

  • Familiares del acusado: Incluye a los ascendientes en línea directa (padres) y descendientes (hijos).
  • Cónyuge o pareja: Se refiere al cónyuge o pareja no separado legalmente o de hecho, así como a la persona que comparta una relación análoga de afectividad.
  • Hermanos consanguíneos o por adopción y colaterales: Esto involucra a los hermanos consanguíneos o adoptivos y a los parientes colaterales hasta el segundo grado civil, como cuñados.

Es necesario destacar que, al ejercer esta facultad, es probable que el Juzgado acepte el derecho a no declarar y cierre el expediente judicial o emita una sentencia absolutoria, especialmente si la denuncia de la víctima constituye la única evidencia disponible.

Sin embargo, se presenta una excepción en la cual la víctima, en particular la de violencia de género, no puede hacer uso de esta facultad. Esto ocurre cuando la víctima decide no continuar como parte acusadora, renunciando así al derecho de no declarar en contra del acusado. Este matiz resalta la complejidad y las consideraciones éticas que rodean los casos de violencia de género en el ámbito judicial.

Consecuencias de no declarar

En el contexto jurídico español, el derecho a no declarar se erige como un principio fundamental concebido para salvaguardar a los individuos de autoincriminarse. No obstante, es imperativo entender las posibles consecuencias de acogerse al derecho a no declarar en un juicio. 

Respecto a la presunción de inocencia, es esencial recalcar que la elección de no declarar por parte de un individuo no puede ser empleado en su detrimento. La presunción de inocencia se mantiene inalterada, y la decisión de no declarar no puede ser interpretada como un signo de culpabilidad.

El derecho a no declarar se encuentra estrechamente vinculado al derecho a guardar silencio. No está permitido sancionar a una persona por ejercer su derecho de no brindar testimonio en su contra.

Aunque ni el jurado ni el juez pueden llegar a una conclusión de culpabilidad basándose únicamente en la omisión de declaración por parte del acusado, tienen la facultad de considerar otros elementos de la evidencia presentada en el juicio.

En determinados casos, los jurados o jueces podrían tener en cuenta la decisión de no declarar al evaluar la credibilidad del acusado. Sin embargo, esta consideración varía según las circunstancias y la percepción individual de quienes toman las decisiones judiciales.

La elección de no declarar en ocasiones es estratégica y está respaldada por el asesoramiento del abogado defensor. Puede representar una táctica para resguardar al acusado de respuestas que podrían resultar incriminatorias o para evitar proporcionar detalles adicionales que pudieran ser perjudiciales.

Es crucial tener en cuenta que estas consideraciones son generales y que cada caso posee particularidades únicas. Además, las leyes y prácticas judiciales pueden experimentar cambios, por lo que siempre se recomienda buscar el asesoramiento de un abogado para obtener orientación legal específica sobre una situación determinada.