alerta terrorista

Delito de terrorismo

El delito de terrorismo consiste en la realización de acciones delictivas significativas, generalmente de naturaleza violenta, con el propósito de provocar pánico en la población. En un contexto más amplio y como parte de los crímenes contra el orden público, el delito de terrorismo se presenta como una infracción de extrema gravedad.

Características del delito de terrorismo

El delito de terrorismo es un delito contra el orden público grave que se caracteriza por: la finalidad de las actividades delictivas, la afectación ocasionada y sus implicaciones.

Respecto a las acciones delictivas, su finalidad puede ser:

  • Desestabilizar el sistema constitucional y las instituciones estatales.
  • Obligar a las entidades del poder público a realizar o abstenerse de una acción.
  • Perturbar el orden público.
  • Desestabilizar el funcionamiento de instituciones internacionales.
  • Generar pánico en la ciudadanía.

Asimismo, la comisión de actos ilícitos puede afectar a:

  • Los derechos fundamentales.
  • El patrimonio.
  • La sostenibilidad ambiental y los recursos naturales.
  • La salud pública.
  • La institución de la Corona.

De igual manera, dicha conducta delictiva puede conllevar:

  • Peligro de alcance catastrófico.
  • Atentado con la correspondiente manipulación de armamento y municiones.
  • Apropiación de suministros o medios de transporte.

De igual manera, se tipifica como delito de terrorismo cualquier infracción informática que involucre el acceso a sistemas de información con motivos terroristas. Esto se lleva a cabo mediante la intervención en transmisiones informáticas o la alteración de programas, documentación o información digital.

Regulación del delito de terrorismo

El delito de terrorismo se regula en el art. 573 bis del Código Penal. 

Penas

La gravedad de las penas se establece en función del perjuicio ocasionado como resultado de la ejecución del acto terrorista:

  • A aquel que cause la muerte a otra persona se le impondrá una pena privativa de libertad por el período máximo establecido en el Código Penal.
  • En casos de retención ilegal en los que no se revele la ubicación del secuestrado, se aplicará una pena de prisión de 20 a 25 años.
  • Para aquellos que lesionen de alguna manera a un feto, ocasionen un aborto sin consentimiento, provoquen la pérdida de un órgano, generen una enfermedad grave o secuestren a alguien, así como para quienes causen destrucción, interrupción o cualquier tipo de daño a servicios y lugares públicos, se establece una pena de prisión de 15 a 20 años.
  • A quienes intimiden, detengan o causen cualquier tipo de lesión se les impondrá una pena de prisión de 10 a 15 años.

De manera similar, para aquellos que participen en acciones que contribuyan a alcanzar objetivos terroristas, el Código establece las siguientes penas privativas de libertad:

  • Prisión de 8 a 15 años: Por la posesión de armas, la fabricación o el suministro de sustancias inflamables.
  • Prisión de 10 a 20 años: Cuando estén involucradas armas biológicas, nucleares, químicas o radiológicas, así como equipos radiactivos.
  • Prisión de 2 a 5 años: Para aquel que reciba instrucción militar, se entrene en el manejo de armamento, adquiera y disponga de documentación que promueva la integración o colaboración con agrupaciones terroristas, o establezca su residencia en el extranjero con dicho propósito.
  • Prisión de 5 a 10 años y una multa de tres a cinco veces su valor: Para aquel que realice acciones con bienes o valores, con la comprensión de que se utilizarán para cometer un delito de terrorismo. En caso de que haya daño al patrimonio al cometer cualquier delito, además de la pena correspondiente, se aplicará una pena en un grado superior.

Agravantes

La sanción por el delito de terrorismo se incrementará si, además, se cometen las siguientes transgresiones:

  • Pena en grado superior: Si, junto con otros delitos mencionados en el apartado de las penas, se obstaculiza el funcionamiento estatal o el de organizaciones internacionales, se perturba la paz o se infunde terror en la población.
  • Pena superior en su mitad: Para aquellos que atenten contra autoridades estatales, fuerzas de seguridad y funcionarios públicos.
  • Pena en grado superior: Contra aquel que participe en delitos informáticos.
  • Pena en grado superior: A la establecida para el delito de rebelión y desórdenes públicos.
  • Pena en grado superior: Para quien entregue bienes a la persona que cometa el acto de terrorismo. En caso de que se utilicen de manera efectiva, el acto se considerará complicidad o coautoría.

Atenuantes

Igualmente, la ley contempla circunstancias atenuantes para aquel que colabore con las autoridades en los siguientes casos:

  • Pena inferior en uno o dos grados a la establecida para delitos que involucren bienes o valores: Para aquel que coopere en la prevención de operaciones que financien el terrorismo.
  • Pena inferior en uno o dos grados a la estipulada para el delito que corresponda: Cuando el infractor renuncie a su comportamiento delictivo. Asimismo, al confesar y colaborar con las autoridades, evitando así la comisión de la infracción. De manera similar, si proporciona pruebas para identificar y aprehender a los responsables, o detener el avance de una agrupación terrorista.

Alerta antiterrorista

Plan de Prevención y Protección Antiterrorista

El Plan de Prevención, Protección y Respuesta Antiterrorista sigue la estrategia nacional e internacional fundamentada en cuatro pilares: Prevenir, Proteger, Perseguir y Preparar la Respuesta. Establece las directrices generales que, partiendo de un esfuerzo constante en la prevención, buscan asegurar la detección, seguimiento, análisis y evaluación continua del riesgo de atentado terrorista. También se orienta a la implementación y coordinación de dispositivos preventivos en caso necesario, entendidos como el conjunto de acciones realizadas antes de que se materialice un atentado con el objetivo de evitar su perpetración.

Las medidas del Plan se centran principalmente en la protección de los siguientes objetivos:

  1. Instalaciones, redes, sistemas y equipos físicos y de tecnología de la información que son fundamentales para el funcionamiento de los servicios.
  2. Centros y organismos públicos u oficiales, así como cualquier otro activo, ya sea personas, bienes, servicios, tecnología de la información u otros intangibles. La destrucción, ataque o degradación de estos elementos implicaría un daño significativo, considerando criterios como daños a la vida humana, vulneración de derechos fundamentales, afectación al normal funcionamiento de instituciones o sectores estratégicos, impacto en el orden público o la convivencia, daños medioambientales, impacto público, social o simbólico, pérdidas económicas o patrimoniales, y pérdida o sustracción de información en ámbitos de especial interés para la Seguridad Nacional.

Asimismo, el Plan prevé la respuesta y los mecanismos de coordinación tras la comisión de ataques terroristas. Esto se logra mediante la activación de la Mesa de Coordinación del Ministerio del Interior con carácter reforzado, en permanente comunicación con el Centro de Crisis Territorial en el ámbito de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, a través del Centro Permanente de Información y Coordinación (CEPIC) de la Dirección General de Coordinación y Estudios.

Niveles de alerta antiterrorista

El Nivel de Alerta Antiterrorista se compone de una escala que integra diversos niveles complementarios, cada uno de los cuales está vinculado a un grado de riesgo determinado, según la evaluación de la amenaza terrorista percibida en un momento específico.

En España, la alerta antiterrorista se gestiona a través del Sistema de Alerta Antiterrorista (Sistema de Alerta Temprana, SAT) que está bajo la supervisión del Ministerio del Interior. El SAT utiliza un sistema de cinco niveles de alerta antiterrorista que se basan en la evaluación de la amenaza terrorista y la capacidad operativa de grupos terroristas. Estos niveles son:

Nivel 1: Riesgo muy bajo. En este nivel, no se percibe una amenaza terrorista concreta ni indicios de actividad terrorista. La actividad antiterrorista se mantiene como una medida preventiva.

Nivel 2: Riesgo bajo. En este nivel, se considera que existe una amenaza general, pero no concreta, de terrorismo. Se mantienen medidas preventivas y se refuerza la seguridad en lugares sensibles.

Nivel 3: Riesgo moderado. En este nivel, se detectan indicios de una amenaza concreta y creíble. Se implementan medidas adicionales de seguridad, y se refuerza la vigilancia en instalaciones críticas y eventos importantes.

Nivel 4: Riesgo alto. En este nivel, se considera que hay una amenaza inminente o que ya se está llevando a cabo un ataque terrorista. Se toman medidas de seguridad excepcionales, como el despliegue de fuerzas de seguridad adicionales.

Nivel 5: Ataque terrorista. En este nivel, se ha producido un atentado terrorista. Se activan todos los recursos disponibles para responder al ataque y prevenir otros.

Es importante tener en cuenta que estos niveles de alerta antiterrorista pueden cambiar en función de la evaluación de la amenaza por parte de las autoridades de seguridad. Los ciudadanos y las instituciones deben estar alerta y seguir las recomendaciones de las autoridades en caso de un cambio en el nivel de alerta.

¿Cuánto riesgo hay de un delito de terrorismo en España?

En la actualidad, España se encuentra en un nivel 4 de alerta antiterrorista, lo que significa que existe un riesgo alto de posibles amenazas terroristas. Este nivel, que está en el cuarto punto de una escala de cinco, implica la implementación de una serie de medidas sustanciales destinadas a fortalecer la seguridad del país y mejorar las capacidades de control y seguimiento por parte de todos los organismos involucrados en la prevención y respuesta ante posibles actos terroristas.

Dentro de estas medidas, se activan unidades especiales dedicadas a la seguridad y la lucha antiterrorista. Además, se refuerzan los dispositivos de protección en áreas estratégicas, se intensifican las medidas de vigilancia sobre infraestructuras críticas que podrían ser objetivos potenciales, se coordinan acciones de ciber vigilancia para prevenir posibles amenazas en el ámbito digital, y se realiza una evaluación periódica de todas estas medidas para asegurar su eficacia y eficiencia.

Recientemente, el Ministerio del Interior ha implementado nuevas acciones complementarias en el marco del nivel cuatro de alerta antiterrorista, aunque sin elevar el nivel en sí mismo. Estas medidas adicionales incluyen el refuerzo de los dispositivos de seguridad en puntos específicos particularmente sensibles en todo el territorio nacional. Asimismo, se ha incrementado la presencia y las medidas antiterroristas llevadas a cabo por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, como parte de un enfoque integral para garantizar la seguridad pública en circunstancias de riesgo elevado.

Como actuar en caso de delito de terrorismo

En caso de un delito de terrorismo en España, es fundamental seguir ciertos pasos para garantizar tu seguridad y contribuir a la respuesta efectiva de las autoridades. Aquí tienes una guía básica sobre cómo actuar:

  • Mantén la calma y prioriza tu seguridad: Si presencias o sospechas de un acto de terrorismo, lo primero es mantener la calma y priorizar tu seguridad y la de quienes te rodean. Busca un lugar seguro y alejado de la zona de peligro, siguiendo las indicaciones de las autoridades si es necesario.
  • Comunica la situación a las autoridades: Tan pronto como sea posible, contacta a los servicios de emergencia llamando al número de emergencias nacional, que en España es el 112. Proporciona detalles precisos sobre lo que está sucediendo, incluyendo la ubicación exacta y cualquier información relevante sobre los sospechosos o la situación.
  • Sigue las instrucciones de las autoridades: Una vez que hayas informado a las autoridades, sigue cualquier instrucción que te den. Esto puede incluir evacuar el área, permanecer en un lugar seguro o seguir protocolos específicos de seguridad.
  • Mantente informado: Durante una situación de crisis, es importante mantenerse informado a través de fuentes de noticias confiables, como medios de comunicación locales o las cuentas oficiales de las autoridades en redes sociales. Evita difundir rumores o información no verificada que pueda generar pánico o confusión.
  • Colabora con las autoridades: Si eres testigo de un delito de terrorismo o tienes información relevante, colabora con las autoridades proporcionando cualquier detalle que pueda ayudar en la investigación. Esto puede incluir descripciones de sospechosos, vehículos o actividades sospechosas que hayas observado.
  • Recibe asistencia psicológica si es necesario: Presenciar o verse afectado por un acto de terrorismo puede ser una experiencia traumática. Si necesitas apoyo emocional o asistencia psicológica, busca ayuda de profesionales de la salud mental o servicios de apoyo a víctimas de terrorismo disponibles en tu área.
  • Permanece vigilante: Si bien es importante mantener la calma, también es fundamental permanecer vigilante y estar atento a cualquier actividad o comportamiento sospechoso en tu entorno. Reporta cualquier situación inusual a las autoridades para que puedan investigar adecuadamente.