Delito de abandono de familia

Delito de abandono de familia

La patria potestad y las dinámicas familiares conllevan una serie de compromisos, tanto de índole económica como de asistencia, que no pueden ignorarse bajo riesgo de incurrir en un delito de abandono de familia.

A pesar de que nuestro sistema legal procura intervenir mínimamente en los lazos familiares, regula ciertos aspectos para prevenir el desamparo de los integrantes del núcleo familiar y asegurar el acatamiento de las obligaciones financieras establecidas por decisiones judiciales.

¿En qué consiste el delito de abandono de familia?

Según lo dispuesto en el artículo 226 del Código Penal, el delito de abandono de familia se configura cuando alguien incumple los deberes legales de asistencia inherentes a la patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar. Asimismo, se considera como tal el dejar de proveer la asistencia necesaria establecida por ley para el sustento de descendientes, ascendientes o cónyuge que se encuentren en situación de necesidad.

Además, el no pago de las prestaciones económicas aprobadas judicialmente, ya sea de manera continuada durante dos meses o intermitente en un lapso de cuatro meses, en concepto de pensión compensatoria para el excónyuge o de pensión de alimentos para los hijos según lo estipulado en el artículo 227, también se tipifica como abandono de familia.

De este modo, este delito, que afecta las relaciones familiares, se caracteriza por ser de omisión, castigando la falta de acción en lugar de una acción directa. Asimismo, se considera un delito semipúblico, ya que su persecución requiere la denuncia por parte de la persona agraviada o su representante legal, según lo establecido en el artículo 228 del Código Penal.

Requisitos para que exista delito de abandono de familia

El Código Penal no especifica de manera exhaustiva cuáles son las obligaciones cuya desatención constituye el delito de abandono de familia, por lo que es necesario recurrir a otras normativas para precisarlas.

En primer lugar, la Constitución Española, en su artículo 39, establece los principios rectores de la política social y económica, entre los que se incluye la protección social, económica y jurídica de la familia, así como la protección integral de los hijos.

Por su parte, el Código Civil detalla los deberes que tienen los miembros de la familia entre sí y en relación con los hijos, los cuales configuran el ejercicio de la patria potestad. Según el artículo 154 del Código Civil, los padres tienen deberes fundamentales hacia sus hijos menores de edad, que incluyen velar por ellos, tenerlos en su compañía, alimentarlos, educarlos y procurarles una formación integral.

Asimismo, el artículo 142 establece la obligación recíproca de los miembros de la familia, como cónyuges, ascendientes y descendientes, de prestarse alimentos, que abarcan desde el sustento básico hasta la asistencia médica, educación e instrucción de los hijos menores de edad o incluso mayores mientras no hayan completado su formación.

Estos artículos del Código Civil son fundamentales para definir el delito de abandono de familia, ya que el incumplimiento de los deberes mencionados en ellos puede considerarse como tal según lo dispuesto en el artículo 226 del Código Penal.

Por otro lado, el artículo 227 del Código Penal protege el cumplimiento de las resoluciones judiciales en materia de familia, especialmente aquellas que establecen una pensión compensatoria a favor del excónyuge o una pensión alimenticia a favor de los hijos. Este artículo sanciona el incumplimiento deliberado y no justificado de estas obligaciones económicas establecidas por el tribunal, independientemente de si existe una necesidad real por parte del beneficiario.

El Código Penal establece las sanciones para el delito de abandono de familia.

El delito de abandono de familia conlleva distintas penas dependiendo de la naturaleza del incumplimiento:

¿Qué pena implica el incumplimiento de deberes de asistencia?

Según el artículo 226 del Código Penal, el desatender los deberes de asistencia inherentes a la patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar, así como la negligencia en la prestación de ayuda a los familiares necesitados (descendientes, ascendientes o cónyuge), acarrea una pena de prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses.

Este delito es considerado menos grave y especial, ya que solo puede ser perpetrado por aquellos que tienen la condición de ascendiente, descendiente o cónyuge, y contra estos mismos individuos. Asimismo, puede acarrear la inhabilitación especial para ejercer la patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar por un período de 4 a 10 años.

¿Cuál es la sanción por no pagar las pensiones?

Por otro lado, el artículo 227 estipula que el incumplimiento de la obligación de abonar las pensiones económicas establecidas judicialmente en casos de alimentos, derivados de procesos de nulidad, separación legal, divorcio, filiación o de alimentos a favor de los hijos, durante 2 meses consecutivos o 4 no consecutivos, conlleva una pena de prisión de 3 meses a 1 año o multa de 6 a 24 meses.

Esta misma pena se aplica al incumplimiento de cualquier otra prestación económica determinada en los mismos tipos de procesos. Este delito también se considera especial y solo puede ser cometido por y contra las personas que se ajustan a los perfiles descritos. Además de la sanción penal, se establece la obligación de reparar el daño, que consiste en saldar las deudas acumuladas.

¿Se considera delito de abandono de familia cualquier falta en el cumplimiento de los deberes familiares?

Es importante señalar que muchas de estas situaciones pueden resolverse a través de la vía civil, que suele ser menos severa que la vía penal. Por lo tanto, ante cualquier incumplimiento o negligencia en los deberes familiares, o en el deber de asistencia entre parientes establecido por la ley, es recomendable recurrir a los mecanismos previstos en la legislación civil, reservando la vía penal para los casos más graves y recurrentes.

Por ejemplo, si surge la imposibilidad de cumplir con la obligación de pagar la pensión alimenticia o compensatoria, es fundamental iniciar un procedimiento de modificación de medidas definitivas conforme al artículo 775 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Esto ayudará a demostrar buena fe en caso de enfrentarse a una denuncia en la vía penal.

Características y Elementos del Delito

Para que se configure el delito de abandono de familia, deben cumplirse una serie de requisitos y condiciones. Entre los elementos más relevantes se encuentran:

-La existencia de una relación familiar entre el autor del delito y la persona supuestamente abandonada.

-El incumplimiento deliberado de los deberes de asistencia o cuidado establecidos por la ley.

-La falta de pago de las prestaciones económicas debidas durante un período específico.

-La demostración de que el incumplimiento no se debe a causas justificadas o de fuerza mayor.

Prevención y Resolución

Para prevenir y abordar el delito de abandono de familia, es fundamental promover la conciencia sobre la importancia de los deberes familiares y el respeto hacia los miembros más vulnerables de la familia. Asimismo, es necesario garantizar el acceso a recursos y servicios sociales que puedan ayudar a las familias en situación de necesidad.

Además, es importante fomentar la mediación y el diálogo en caso de conflictos familiares, así como facilitar el acceso a la justicia y los mecanismos legales para resolver disputas relacionadas con la asistencia y el cuidado familiar.

En conclusión, el delito de abandono de familia es una infracción grave que afecta negativamente a la integridad y el bienestar de los miembros de una familia. Su prevención y abordaje requieren de una combinación de medidas legales, sociales y educativas que promuevan el respeto y la protección de los lazos familiares.